Esta propuesta fue entregada al Congreso de la Unión por la Secretaría de Hacienda el 8 de septiembre del año en curso.
Se propone que el dictamen sea obligatorio para las personas morales que tributen en el título II de la Ley de ISR y que sus ingresos acumulables en el ejercicio anterior superen los 876 millones 171 mil 996.50 pesos.
La medida también contiene infracciones para el auditor, si no reporta la omisión de contribuciones recaudadas, retenidas, trasladadas o propias del contribuyente. Las penas más graves podrían ser de 3 meses hasta 9 años de prisión.
David Nieto Martínez, presidente de la Comisión Representativa del IMCP ante las Administraciones Generales de Fiscalización del SAT, dijo que los contadores públicos no son peritos en el código aduanero, por lo que las obligaciones aduaneras en la auditoría no deberían ser revisadas por ellos.
Nieto también señaló que los contadores no deberían ser considerados como cómplices en caso de que se cometa algún delito fiscal. De acuerdo con el especialista, el auditor trabaja de manera independiente y acorde con la normatividad; por esta razón no se puede considerar como un cómplice.

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